martes, 24 de marzo de 2009

VALIDEZ Y EFICACIA DE UN ARGUMENTO Y LA NORMA JURÍDOCA:


VALIDEZ Y EFICACIA DE UN ARGUMENTO:

Argumentar significa defender una idea o una opinión aportando un conjunto de razones que justifiquen nuestra postura; La capacidad para argumentar correctamente suele ir emparejada con la capacidad de influir sobre las personas y es un reflejo de la organización del pensamiento.
Un argumento puede ser valido solo cuando se nota coherencia en sus premisas y es válido también si tiene una estructura lógica, es decir que comience con las premisas y pase luego llegue a las conclusiones.

Con respecto al a eficacia, eso ya depende de el autor de la forma que el impacte a sus lectores para así tratar de vender su idea ya explicada de una forma tal q atraiga a su público. Así que podemos decir que un argumento solo es valido desde el punto q haya atraído la atención de a quien fue dirigido.

JUSTICIA, VALIDEZ Y EFICACIA DE LA NORMA JURIDICA:

La norma jurídica es una regla de comportamiento que obliga al asocioado por que contiene una sanción. Pero tambien hay normas que aunque no imponen un sanción se consideran como tales por que otorgan derechos. Para q se llame norma jurídica debe ser promulgada por el órgano competente; Pero podemos afirmar que la norma es un enunciado jurídico que pertenece a un sistema jurídico.

Se diferencia de otras normas de conducta en su carácter heterónomo (impuesto por otro), bilateral (frente al sujeto obligado a cumplir la norma, existe otro facultado para exigir su cumplimiento), coercible (exigible por medio de sanciones ) y externo (importa el cumplimiento de la norma, no el estar convencido de la misma).

Con respecto a la validez de la norma yo considero que deviene de una parte, del contenido justo y de otra del órgano competente para expedirla

Podemos determinar el estudio de la norma por medio de seis proposiciones:

I. que la norma puede ser justa sin ser válida: Existen principios universales que hacen parte de un derecho natural, que tienen un contenido justo, pero sólo se podría decir que son válidos si hacen hacen parte de un sistema jurídico positivo.

II. Una norma puede ser válida sin ser justa : es notable q hay un gran trecho entre lo que es el derecho y lo q es naturalmente justo, estas 2 no siempre van de la mano. por ejemplo la esclavitud (no es para nada justo, pero en su tiempo tampoco se dijo q era ilegal). Existen normas en el derecho positivo que son expedidas por el órgano competente y se podría decir que son válidas, sin embargo al hacerse un estudio de constitucionalidad se deben retirar del ordenamiento jurídico por no tener un contenido justo.

III. Una norma puede ser válida sin ser eficaz: hay normas jurídicas que dictan la prohibición de cierto tipo de cosas. pero por el hecho de q sea una ley penalizada no significa que la sociedad en general las va a acatar. Es ahí cuando afirmamos q una norma es válida pero 100% ineficaz.

IV. Una norma puede ser eficaz sin ser válida: hay normas sociales válidas en determinado grupo social . pero por el hecho de q se haga costumbre no va a ser nunca una norma jurídica, a no ser q hablemos de las normas consuetudinarias las cuales parten de comportamientos sociales q se vuelven costumbres y pasan a volverse una norma jurídica.

V.Una norma juridica puede ser justa sin ser eficaz: se predica la justicia de una norma por su contenido, porque puede proteger derechos, valores y principios universales, es más puede esa norma petenecer a un sistema jurídico positivo, pero al caer en desuso o al ser obsoleta , pierde su eficacia porque nadie la practica, o porque los asociados hacen caso omiso de ella.

VI.Una norma pede ser eficaz sin ser justa: hay normas que efectivamente son aplicadas y pueden ser expedidas por el órgano compentente mas sinembargo su contenido es injusto. ej: En cierta época en colombia la esclavitud era legal sin embargo su contenido era totalmente abominable e injusto. Tambien sucede en algunas tribus indigenas en donde se les sersena el clitoris a las mujeres sinembargo para ellos eso es legal. En algunos paises existen normas restrictivas para las mujerres que son legales eficaces y validáz, mas injustas.
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domingo, 15 de marzo de 2009

TALLER CLASE DE FILOSOFIA DEL DERECHO 04/03/09

SEBASTIAN CABALLERO GARCIA
COD: 02200914011



1.Examen critico con los criterios relacionados con la norma jurídica?

2.Cuál es la clasificación más útil de las normas de derecho; como es esa clasificación y cuáles son sus ventajas?

3.Síntesis de la justificación de las normas?


SOLUCION:

1. teniendo en cuenta q hay muchas normas de carácter general , hay q buscar una forma de relacionarlas con otras ya sean sus diferencias o similitudes. para conseguir esto nos podemos basar en una serie de criterios q tienen todas las normas y el ordenamiento jurídico en general:

- Criterio del contendido: teniendo en cuenta q las normas están hechas para regular comportamientos humanos entre humanos podríamos llegar a la conclusión de que en este punto no intervendría la moral, ya que esta al ser unilateral y muy personal no tendría valides en el mundo jurídico, pues las normas están hechas para regular problemas entre 2 o mas entes sociales.

- Criterio del fin: ya q las normas regulan comportamientos sociales, tenemos que tener en cuenta que todo tipo de grupos sociales se comporta de manera diferente con relación a otros, pues los comportamientos sociales se basan mas que todo en costumbres. Entonces no todas las normas podrían regular a todo el mundo , mas bien hay que tener en cuenta el espacio en don se pueda aplicar.

- El criterio del sujeto que dicta la norma: en este punto tenemos que tener muy claro que el estado con la fuerza coactiva que tiene sobre los ciudadanos es el q analiza todo tipo de problemática social, para así crear una norma conveniente en determinado espacio tiempo .

- Criterio de la justicia: para que una norma sea aplicada justamente debe haber gente competente y capacitada para este propósito, ya sean jueces o magistrados, ellos deben tener un criterio muy justo frente a cada caso q se les presente. y no basarse textualmente en lo que dicta la norma , sino también tener en cuenta diferentes opciones que se tiene para dar una sentencia justa para las partes, ya sea citando los principios fundamentales del derecho , la jurisprudencia o algún estudioso del derecho.

- Criterio del destinatario: ya dictada una sentencia sea cual sea el caso , los afectados directos deben someterse a lo dicho por la autoridad , ya q esta habrá hecho el estudio suficiente del caso para dar una respuesta lo mas justa posible.

2. en cuanto ala clasificación de la normas , podríamos darle un enfoque que le dio el estudioso del derecho PENICHE BOLIO, en su obra introducción al derecho:

  • Constitucional
  • Adminostrativo
  • Penal
  • Procesal
  • Internacional publico
  • Fiscal
  • Labooral
  • Civil
  • Mercantil
  • Internacional privado
  • Agrario

3. No hay ningún componente racional q ayude resolver netamente el conflicto social.
- Habla también sobre la legislación y lo que es la jurisprudencia.. cual es la diferencia entre estas .. la legislación es como debe ser el derecho por q las normas van cambiando paulatinamente y las leyes tienes q ser analizadas y adelantarse a ellas (como podrían funcionar en el futuro).

- Y la jurisprudencia es como el derecho, teniendo en cuenta q el derecho se debe encargar objetivamente de los hechos q ya están sentenciados partiendo de las conductas humanas particulares y casos particulares.

- Crear normas y dar garantías para su cumplimiento.

- Dar garantías de excelencia en el aspecto moral.
El juez a través de su fallo debe convencer y hacer q este fallo sea aceptado para las partes q le competen a este de una manera justa.

La ley es dictada por el legislador q es la autoridad competente para crear las normas .. y la ley se tiene q encargar de garantizar el cumplimiento normativo , las principales características q debe tener un juez: es justificar sus decisiones , especialmente las q son tomadas por medio de la sentencia .. y mucho mas lo q trate de la dignidad humana de las personas ( tutelas) . los jueces no deben tener verdades absolutas sino tener criterios auxiliares. Para q sus sentencias sean de total valides y eficacia, para así asegurar la seguridad judicial.
En el marco material encontramos los principios generales del derecho, los valores y lo moral. En el marco positivo nos referimos a al ordenamiento jurídico.

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sábado, 14 de marzo de 2009

¿ES EL DERECHO UN CIENCIA?



LA CINTIFICIDAD DEL DERECHO:




Kirchmann (alemán) se plante a la pregunta es el derecho una ciencia?

El derecho no es ciencia según kirchmann.

Según M. Bunge La ciencia se caracteriza por ser conocimiento científico dice que tiene unas características:

falibleacumulable

Experimental
Comprobable

ObjetivoGeneral o universal

CriticoAutocorrectivo

Comunicable

Sistemático

Racional


Estas características den paso a un conocimiento científico pasando por un control para tenerlo como criterio valido de conocimiento científico.

alguna de estos 10 puntos falla, deja de ser científico por que se da el paradigma científico.

La ciencia es un conocimiento falible, pues esta en constante cambio, ósea que el conocimiento científico varían muchos aspectos puede ser un conocimiento acumulable , experimental, comprobable, objetivo, general, en otras palabras el conocimiento científico según Mario bunge es algo provisional además de eso lo que podemos decir de conocimiento es que es un rompecabezas que sin métodos queda incompleto este rompecabezas lo podemos llamar paradigma científico, todas estas piezas tienen que encajar para así lograr un conocimiento, según pablo Gómez y yo pensamos que el derecho también es un conocimiento científico porque esta ligado a cambios permanentes a unas leyes efímeras que pueden ser falibles, funcionan cuando están dentro de un paradigma y retomamos el termino de rompecabezas, ósea paradigma científico.

La teoría de Mario Bunge, la cual muestra conocimientos científicos, nos da a entender que los cambios que se rigen en la sociedad, por las características de estos conocimientos científicos, se puede decir que el cambio de estas sociedades se da porque el derecho necesita estos cambios.

llega a un tope donde es indiscutible. Por esto no es científicoEl principal argumento de kirchmann para defender su teoría de que el derecho no es considerado como ciencia, es establecer que este llega a un punto que es indiscutible, pues una ley que ya esta juzgada es indiscutible.

El derecho es un condicionante político de conductas el derecho es política siendo la política la estrategia para administrar las conductas de personas en una sociedad.
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D.I.H

DERECHO INTERNACIONL HUMNITRIO
En el siglo XIX ( 1859-1864) Henri Dunant, “ La batalla del solferino” promueven entre los pueblos vecinos recoger heridos, dar sepultura, escribir a sus familias dando información de las personas caídas si ningún tipo de discriminación por ideologías políticas, religión, sexo… haciéndolo con un criterio de humanidad y así iniciando un proceso Humanitario ( sin discriminación política) y publica un libro llamado “ recuerdos del solferino” narrando todas las historias humanitarias q hizo mientras ayudaba a la gente sin ningún sentido de dependencia con total autonomía, universalidad, luego empiezan a hacerse convenios y empiezan a unirse países europeos y en 1864 empiezan estas convenciones a tomar forma escrita convirtiéndose en normas haciendo la CRUZ ROJA INTERNACIONAL ,( Suiza), y se hacen las convenciones de Ginebra siendo las primeras formulas jurídicas para los Estados q se unan a tal acuerdo.
Los derechos humanos pasan a ser Derecho Internacional Humanitario convertido en ley únicamente para los Estados que lo firman.La Primera Convención de Ginebra, de 1864, que comprende el Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte que corren los militares heridos en los ejércitos en campaña de 1864La Segunda Convención de Ginebra, de 1906, que comprende el Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte de los militares heridos en los ejércitos en campaña de 1906La Tercera Convención de Ginebra, de 1929, que comprende: Convenio de Ginebra para mejorar la suerte de los heridos y enfermos de los ejércitos en campaña y el Convenio de Ginebra relativo al trato de los prisioneros de guerra del 27 de julio de 1929.
Los chinos crean la idea de q la guerra tiene un objeto el cual es (la neutralización operativa del enemigo). De ahí surge todo derecho de guerra… es someter la guerra a normas de derecho... Ye soto es lo q hace el derecho internacional humanitario “todos los afectados por la guerra debe recibir atención”
Las convenciones de ginebra es de las primeras formulas jurídicas convertidas en ley para los estados q las van firmando.

1949 (SNEM) se unifican las llamadas convenciones de ginebra

1. heridos de guerra terrestre
2. heridos en guerra marítima
3. proteger prisioneros de guerra
4. protección de la población civil (la población civil no está en guerra)

El derecho internacional humanitario esta compuesto por el derecho de ginebra
En la ciudad de la haya se empezaron a reunir para firmar acuerdos y convenciones de paz constituyen el derecho de guerra. Por que en estos convenios se define q pueden y q no pueden hacer las tropas .y que tipos de armas y proyectiles se prohíben.

Los crímenes de guerra los tratan los tribunales de cada país

Colombia queda obligada a aplicar estas convenciones al firmarlas .Las personas protegidas son los miembros de las tropas militares.

En 1960 los pueblos q eran colonias de empezaron su proceso de independencia y estos países empiezan su vida como estados independientes.
A partir de 1995 este tratado se hizo objetivo en Colombia.
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NATURALISMO Y POSITIVISMO JURÍDICO



NATURALISMO JURIDICO:


Enseña que existen los derechos naturales, ya que Dios se los da el hombre(iusnaturalismo teologico) o bien porque proviniendo de Dios es una necesidad para el hombre la existencia de derechos (Racionalismo): a partir del siglo XIX surge la doctrina de los derechos humanos y defiende la idea que el hombres anterior al Estado por lo tanto tienene derechos inherentes a si mismos. Estas perspectivas fueron las primeras en hablar de lo justo o lo injusto.
Naturalismo enseña q existen los derechos naturales por que se los dio dios al hombre – teologismo- racionamiento.
El hombre no tiene derecho nada en cuanto al hombre solo en la medida q este vinculada al estado o la sociedad.

Planteaban con Hegel el origen del derecho del estado – el estado habla por medio de la ley. Y de ahí viene el derecho. (Lo que no este en la ley no es derecho) .el derecho es la justicia social. Lo q no esta en la ley es ilícito e injusto.
Marx alumno de Hegel. “el derecho no esta en el estado sino en la sociedad “que es un fenómeno natural” siempre habrá sociedad. Y con la sociedad siempre hay derecho.
Naturalismo racionalista viene a partir del siglo 19. Como recurso para defendernos del estado. Bajo la doctrina de los derechos humanos... dice cosas que no gustan a los gobernantes del estado “ el estado no es la cumbre del derecho “ el hombre tiene derechos q están por encima del estado .. y tiene derecho a pesar q el estado no los reconozca.. “es un pensamiento subversivo… se tienen derechos antes de que el estado existiera. Es por eso tan peligroso promover las doctrinas de los derechos humanos. El gobierno presionado por las opiniones públicas nacionales y extranjeras le toca ceder.

POSITIVISMO JURIDICO:

El hombre mientras viva solo no tiene derecho alguna solo los tiene mientras incurra en la sociedad. Lo que no esta en la ley no es derecho y es ilicito e injusto(Hegel) , su alumno Marx( el derecho no esta en el Estado sino en la sociedad ya que es un hecho natural porque ha existido desde siempre igual que el derecho sin necesitar del Estado)Tomas Hobbes nos plantea en "El Leviatan" al Estado como una bestia, donde el poder esta concentrado solo en el sin que el individuo valga mucho, se ocupa de financiar proyectos que a su fin les convenga un claro ejemplo de este tipo de bestia es lo que fue el Estado Naci con su purificacion de la raza entre otras actuaciones nacionalistas y con beneficios unicamente para el Estado.

Positivismo de thomas hobbes escribe el Leviatán como su concepción de el estado “una bestia apocalíptica” prevee q el estado creado por el hombre, todos los días ira creciendo en poder y tamaño hasta llegar a aplastar a sus seguidores… llega a su crisis en el siglo 20 con los estado con políticas fascistas y nazis. El estado es todo el individuo no es nada. Se enseña el nacionalismo y el patriotismo... q nos hace morir por la patria “es un abuso del estado” el estado nazi de Hitler llega a definir q de los habitantes de alemán solo merecen vivir lo arios. Y los judíos son una raza indigna de vivir ... Y de ahí todos sus delitos de guerra.. Es un acto ilícito cualquier tipo de relación con judíos. “el endiosamiento del estado. Y la represión sobre el individuo”.
Kennedy dice) no pregunte q puede hacer el estado por usted. Si no que puede hacer usted por su estado). Todo esto fue previsto por t. hobbes.
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DERECHO


DERECHO: Es un condicionante politica de conductas. Depende su dinamica de la politica.

POLITICA: Conjunto de decisiones de una sociedad y define si son juridicos o antijuridicos y depende del proceso levado su decision.
Elementos formativos del derecho occidental:

elemento romano
elemento canónico
elemento germánico
doctrina del derecho común
concepción católica del derecho natural
concepción racionalista del derecho natural
concepción positivista del derecho
concepciones socialistas del derecho
Sistemas juridicos:
-Derecho canonico-Derecho romano - germanico.
-Derecho positivo: leyes escritas vigentes.
-Common law: sin constitucion, consuetudinario, basado en precedentes judiciales
-Derecho islamico musulman: juridico religioso.

*MORAL *DERECHO
* Interna *Externo
* No obliga *Si obliga
*Individual * Colectivo
*No tiene una consecuencia juridica * Si tiene consecuencia juridica.
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